El Grupo de Acción Financiera ha finalizado los requisitos para la supervisión y el monitoreo de los proveedores de servicios de criptomoneda. El organismo intergubernamental ha instado a sus 35 países miembros a regular los intercambios de criptografía de la misma manera que se regulan los bancos comerciales.
Regulados como los bancos comerciales
Las normas de supervisión para los intercambios de monedas criptográficas se discutieron en una reunión del Grupo de Acción Financiera (FATF, por sus siglas en inglés) que tuvo lugar en Francia el 22 de febrero. Business Korea informó al principal regulador financiero de Corea del Sur, la Comisión de Servicios Financieros, el martes después de asistir a la reunión, que El GAFI reforzará los estándares de supervisión en los intercambios de criptomonedas. La publicación indicaba que:
El GAFI instó a las autoridades financieras de los estados miembros a regular los intercambios de criptomonedas de la misma manera que se regulan a los bancos comerciales.
El grupo de trabajo afirmó que estas medidas son necesarias «para evitar que las criptomonedas se utilicen indebidamente para transacciones ilegales», informó el medio de comunicación.
Un organismo intergubernamental establecido en 1989, el GAF,I establece estándares y promueve la implementación efectiva de medidas legales, reglamentarias y operativas para combatir el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional. Actualmente hay 35 países miembros, además de Hong Kong, la Comisión Europea y el Consejo de Cooperación del Golfo.
Los países miembros son Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Islandia, India, Irlanda, Israel, Italia, Japón, República de Corea, Luxemburgo, Malasia, México, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, Federación Rusa, Singapur, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Turquía, el Reino Unido y los Estados Unidos.
Requisitos para los países miembros
El GAFI anunció en la reunión que se habían finalizado los «requisitos detallados de implementación de una regulación y supervisión/monitoreo efectivos de los proveedores de servicios de activos virtuales». Las medidas se adoptarán formalmente como parte de los estándares del GAFI en junio. El Grupo de Acción Financiera Internacional explicó:
A los efectos de la aplicación de las recomendaciones del GAFI, los países deben considerar los activos virtuales como «propiedad», «ingresos», «fondos», «fondos u otros activos» u otro «valor correspondiente».
Además, «los países deben aplicar las medidas pertinentes según las recomendaciones del GAFI a los activos virtuales y a los proveedores de servicios de activos virtuales», detalló el equipo de trabajo, enfatizando que los países miembros deberían exigir que estos proveedores «identifiquen, evalúen y tomen medidas efectivas para mitigar el Riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. «Además, estos proveedores» deben estar obligados a tener licencia o estar registrados».
Sin embargo, el GAFI aclaró que «Un país no necesita imponer un sistema de licencias o registro por separado con respecto a las personas físicas o jurídicas que ya tienen licencia o están registradas como instituciones financieras» que tienen permitido proporcionar servicios de activos de cifrado y ya están sujetas a obligaciones según sus recomendaciones.